Privación. 1. Esta acción ─por llamarla de algún modo─ se asocia en el DRAE a términos como carencia, pena, ausencia y renuncia; de donde cabe concluir que no es en absoluto deseable como práctica habitual. A menos que se trate de un estado que resulte de una renuncia voluntaria, claro está. 2. Tanto es así que privarse de algo ─y ya no digamos hacerlo por costumbre─, aunque sea bueno para el virtuoso (el ayuno sería un ejemplo), parece desaconsejable para quien aspire a cultivar otros valores no menos nobles, tales como la generosidad (de espíritu), la alegría (en general), la presencia (de ánimo) o la misma plenitud (de facultades). 3. En resumen, una acción que sólo se me antojaría edificante si condujera, en alguna medida, a un buen fin o al bien común. 4. No deja de ser irónico, a todo esto, que el adjetivo privado haya evolucionado del sentido original de carecer o no mostrar públicamente algo al de acumular en detrimento de lo público.
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